Accidente in itinere - Caída en una escalera - Partes comunes del edificio - Concepto de trayecto
La parte demandada se agravió al considerar que el accidente padecido por el actor no se trató de un hecho ocurrido en el trayecto, puesto que el accionante se encontraba bajando las escaleras de su edificio. A los fines de establecer si se trata de un accidente ocurrido en el trayecto es necesario tener en cuenta que -tal como se ha concluido en grado- el mismo comienza al traspasar los límites del espacio exclusivo que habita (en este caso, puerta del departamento o unidad funcional). El desplazamiento que realiza por otros lugares de la propiedad de uso común en un edificio no pueden ser encuadrados como domicilio. Y en el caso, no resulta un hecho cuestionado que el accidente acaeció al bajar la escalera del edificio, que necesariamente el actor debía transitar para salir a la calle y dirigirse a su trabajo, por lo que no caben dudas que se está ante un accidente ocurrido en el trayecto.
Zapana, Darío Edgar vs. ART Liderar S.A. s. Accidente - Ley especial /// CNTrab. Sala VI; 31/08/2022
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