Accidentes y enfermedades indemnizables > Accidentes - Art. 6, Decreto 717/1996 - Rechazo del siniestro - Acta notarial - Doctrina de los actos propios
No acreditada la autenticidad del acta notarial con la cual la ART demandada pretendió haber cumplido con lo dispuesto en el art. 6, Decreto 717/1996, sumado a que tampoco con dicha diligencia podría considerarse cumplida la exigencia legal, desde que el Escribano actuante no comprobó la identidad de la persona a la que comunicó la no aceptación del siniestro (que dijo ser hermana de la víctima, en ocasión de encontrarse el trabajador accidentado internado en grave estado en terapia intensiva) y finalmente, el hecho que la ART haya continuado brindando las prestaciones médicas durante casi 3 años, se puede concluir que el siniestro fue reconocido por la ART. Así, el desconocimiento que la aseguradora efectuado recién al contestar la demanda, no sólo luce extemporáneo, sino que deviene contrario con la conducta anterior válidamente asumida, resultando aplicable, al respecto, la doctrina que emerge del aforismo latino "venire contra factum propium non valet". Chamorro, Ser