Presupuestos. Responsabilidad por omisión de controles - Aseguradora de Riesgos de Trabajo - Participación en un accidente de tránsito - Fallecimiento del trabajador - Culpa de la víctima - Conductor alcoholizado
El automóvil que intervino en el accidente de tránsito donde falleció el causante era utilizado en forma normal y habitual en el desarrollo de tareas por parte de los vigiladores que se desempeñaban a órdenes de la firma empleadora codemandada para llegar o retirarse del country asignado, y en tal carácter, cabe asimilarlo a una herramienta de trabajo, a tenor de lo cual, a la ART le incumbía corroborar que se encontraba en condiciones de funcionamiento adecuadas, como así también, sugerir e implementar la capacitación necesaria para su uso (prácticas de trabajo seguro y conducción segura de vehículos). El riesgo por el uso del automóvil para prestar servicios, era previsible por parte de la empleadora y la ART contratada en el marco de la Ley 24557. Surge claro el nexo de causalidad adecuada entre el daño que se generó por el accidente de tránsito protagonizado por el causante, con la omisión de la ART de brindar la oportuna capacitación al trabajador para evitarlo, como así también, de impartir las instrucciones de "práctica de trabajo seguro" de modo tal de evitar el uso del automóvil en forma inadecuada y en contravención a la ley de tránsito, generándose así la responsabilidad de la aseguradora demandada en los términos del art. 1074, Código Civil. No obstante lo expuesto, resulta aplicable lo resuelto en relación a la responsabilidad civil del empleador en el siniestro respecto de la existencia de causas concurrentes en la generación del daño cuya reparación se persigue, pues también en este aspecto cabe ponderar la culpa de la víctima en razón de las diversas infracciones a la ley de tránsito cometidas en su carácter de conductor del vehículo involucrado en el accidente.
Cardozo, Laura Teresa por sí y en representación de sus hijos menores y otros vs. Asociart ART S.A. y otros s. Accidente - Acción civil. CNTrab. Sala IV; 28/09/2018
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