Accidentes y enfermedades indemnizables - Daño psicológico - Prueba pericial - Consolidación de la incapacidad
Corresponde revocar la sentencia de grado que desestimó la reparación pretendida por el actor en concepto de indemnización por daño psicológico al interpretar el a quo que la minusvalía no revestía carácter de permanente, basándose en los dichos de la perito cuando expresó que "... un adecuado tratamiento puede, sin seguridad, modificar favorablemente el cuadro actual...". Lo cierto es que en ninguna parte de la pericia la especialista dejó entrever que la invalidez que ella le otorga tenga carácter temporal o transitoria, de hecho teniendo en cuenta la fecha del accidente (07/02/2012), el examen psicológico realizado en el mes de julio del 2017 y lo prescripto por el inc. c, art. 7, Ley 24557, la incapacidad que el actor presenta se encuentra jurídicamente consolidada, razón por la cual debe ser indemnizada.
Battaglia, Ariel vs. Provincia ART S.A. s. Accidente - Ley especial /// CNTrab. Sala I; 28/11/2018.
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