Riesgos de Trabajo > Accidentes y enfermedades indemnizables > Accidente in itinere - Prestación adicional de pago único - Improcedencia
Corresponde admitir parcialmente el recurso interpuesto por la parte demandada y, en consecuencia, rechazar la demanda en cuanto persigue el pago de la prestación complementaria del art. 3, Ley 26773 por tratarse de un accidente in itinere. Así, el juez de anterior instancia incluyó el adicional previsto en la norma mencionada sin que se verificara un accidente en el cual el trabajador se encontrara en el lugar de trabajo o fuera de él, pero a disposición del empleador, que son los requisitos condicionantes de la norma mencionada para la procedencia del pago único en compensación por cualquier otro daño no reparado en las fórmulas de la Ley 24557. Entonces, sin fundamentación y sin desplazar la letra de la norma, el a quo la aplicó, lo que dejó sin sustento al pronunciamiento en este aspecto.
Ybarra, Livia Ramona y otro vs. Asesores de Córdoba S.A. (ASECOR) y otro s. Ordinario - Accidente (Ley de riesgos) /// Tribunal Superior de Justicia, Córdoba; 12-oct-2017.
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