Ley 27348 - Justicia Nacional del Trabajo - Provincia de Buenos Aires - Falta de adhesión a la Ley 27348 - Competencia territorial
Atento a que todas las facetas a las que alude el art. 2, Ley 27348, se configurarían en la Provincia de Buenos Aires, y dado que tal Estado local, aún no ha emitido la adhesión que exige el art. 4 de la mencionada ley, ni se habrían habilitado las Comisiones Médicas jurisdiccionales, en los términos del art. 38, Resolución 298/2017, SRT, no puede imponerse al actor una diseño de acceso a la jurisdicción con un competencia que presupone la vigencia de las referidas comisiones. En este marco, no se encuentra desplazado el art. 24, Ley 18345, por lo que, al menos en el presente caso, y ante la denuncia del domicilio de la demandada en la ciudad Autónoma de Buenos Aires corresponde revocar lo resuelto en grado, y declarar la competencia de la Justicia Nacional del Trabajo.
Martínez, Claudia Rosana vs. Provincia ART S.A. s. Accidente - Ley especial.Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo Sala VI; 31-may-2017.
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