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Aplicación de la ley > Temporal > Ley 26773 - Doctrina de la CSJN - Fallo Espósito

Conforme al precedente "Espósito, Dardo Luis vs. Provincia ART S.A. s. Accidente - Ley especial" de la CSJN, sentencia del 07/06/2016, de acuerdo a lo dispuesto en el inc. 5, art. 17, Ley 26773, las disposiciones atinentes a las prestaciones en dinero y en especie de esa ley entraron en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial (26/10/2012) y se aplican a las contingencias previstas en la Ley 24557 y sus modificatorias, cuya primera manifestación invalidante se hubiese producido a partir de esa fecha; y de acuerdo a lo establecido en el art. 16, Decreto 1694/2009, las disposiciones de ese decreto entraron en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial (06/11/2009) y se aplican a las contingencias previstas en la Ley 24557 y sus modificaciones cuya primera manifestación invalidante se hubiese producido a partir de esa fecha.
Bejar, Daniel Alfredo vs. Caja Popular de Ahorros de Tucumán (Popul ART) s. Amparo. Corte Suprema de Justicia, Tucumán; 22-set-2016.

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