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Principio de congruencia - Ley 26773 - Aplicación de oficio - Garantía de defensa en juicio - Derecho de defensa en juicio

Se revoca la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la reparación basada en la LRT y aplicó de oficio las mejoras previstas por la Ley 26773 siendo que el infortunio se produjo con anterioridad a su entrada en vigencia y la actora no planteó su aplicación al promover su demanda ni en ninguna otra actuación posterior, no obstante que al momento de interponer la acción se encontraba en vigencia dicha norma; no puede considerarse entonces que se trate de una cuestión integrativa de los aspectos sometidos a debate en la conformación de la relación jurídico procesal. Desde esta perspectiva, valorar cuestiones que no fueron sometidas a consideración del juez de la anterior instancia en el escrito de demanda, o en un planteo concreto efectuado por alguna de las partes del que se hubiera dado traslado a la otra, podría implicar fallar extra petita, soslayar el principio de congruencia y, por esa vía, afectar la garantía al derecho de defensa en juicio de la contraparte; y ello sin perjuicio de que esas cuestiones tampoco pueden ser puestas a consideración de la Alzada.



Montoto, Walter Cayetano vs. Galeno ART S.A. s. Accidente. Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo Sala II; 26-feb-2016; Rubinzal Online; RC J 2072/16

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