Resolución 557/2009 SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO |
22-may-2009 |
RIESGOS DEL TRABAJO CERTIFICADOS DE DEUDA |
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Publicada en el Boletín Oficial del 29-may-2009 Número: 31663 Página: 9 |
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Resumen: DESIGNASE A FUNCIONARIOS PARA SUSCRIBIR CERTIFICADOS DE DEUDA CON EL FONDO DE GARANTIA DEL ARTICULO 33 LEY N° 24.557. MODIFICASE EL ANEXO I DE LA RESOLUCION S.R.T. Nº 141/02. DEROGASE LAS RESOLUCIONES S.R.T. Nº 470 DE FECHA 11 DE MAYO DE 2006, Nº 666 DE FECHA 14 DE JUNIO DE 2006 Y Nº 254 DE FECHA 15 DE FEBRERO DE 2007. |
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Texto completo de la norma |
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Ley 27348 - Art. 2, Ley 27348 - Acceso a la jurisdicción - Derecho al debido proceso legal - Instancia ante las comisiones médicas - Inconstitucionalidad - Doctrina de la CSJN
Los arts. 1 y 2, Ley 27348, no modifican sustancialmente las normas procedimentales que llevaron a la CSJN a pronunciarse en las causa "Castillo", "Venialgo", Marchetti" y "Obregón", sino que lo repiten al prever en el primero una instancia administrativa previa, de carácter obligatorio y excluyente, mientras que en el segundo de los artículos sólo se admite la revisión judicial por vía recursiva. De ahí que tampoco se verifiquen los recaudos establecidos por el mismo máximo Tribunal en el precedente Ángel Estrada y Cía. S.A., por cuanto el carácter recursivo impuesto por el art. 2 de la ley mencionada, obsta a una revisión judicial plena, sin cercenamientos y en todas las facetas de la controversia. Tampoco por las razones antes expuestas se encontrarían cumplimentados los requisitos de independencia e imparcialidad requeridos por la CSJN para justificar la existencia de una etapa administrativa obligatoria. Con respecto a esto último, no se puede d
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