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Responsabilidad Civil > Responsabilidad de la ART > Supuestos - Trabajador no registrado - Trabajador que cae de un andamio - Ausencia de medidas de seguridad - Responsabilidad del comitente de la obra - Fideicomiso - Responsabilidad del socio fiduciario

Establecido que el accidente laboral que le causó la muerte al esposo y padre de las actoras se produjo por su caída desde aproximadamente 7 metros de altura al ceder el andamio precario al cual estaba subido para colocar un revestimiento en la obra en construcción donde laboraba sin contar con ningún tipo de medidas de seguridad, perdiendo la vida instantes después de la caída en el mismo lugar del siniestro; corresponde responsabilizar de manera solidaria al pago de una reparación integral fundada en la normativa civil a la firma comercial encargada de la obra, a sus dos socios en la doble calidad de gerentes y Directores del obra dada su profesión de arquitectos, al fideicomiso propietario de la construcción y a su socio fiduciario, como así también a la ART contratada por el empleador dado el incumplimiento de las medidas de seguridad e higiene que tal tipo trabajo en altura requiere y no obstante ser el causante un trabajador no registrado (art. 28, Ley 24557).
Ayala Coliñir, Ana E. y otros vs. Pruzzo, Ignacio A. y otros s. Accidente de trabajo. Cámara Segunda del Trabajo, San Carlos de Bariloche, Río Negro; 30-mar-2017.

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