Emisor: Superintendencia de Riesgos del Trabajo Publicación en el Boletín Oficial: 07/05/2018 Sanción: 03/05/2018 Texto completo. VISTO el Expediente Nº 15.697/09 del Registro de la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.), las Leyes 24241, 24557, 26417, los Decretos 833 de fecha 25 de agosto de 1997, 1694 de fecha 05 de noviembre de 2009, la Resolución de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (A.N.S.E.S.) 28-E de fecha 16 de febrero de 2018, y CONSIDERANDO: Que el artículo 32, apartado 1 de la Ley 24557 establece que el incumplimiento por parte de los empleadores autoasegurados, de las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (A.R.T.) y de compañías de seguros de retiro de las obligaciones a su cargo, será sancionado con una multa de 20 a 2.000 AMPOs (Aporte Medio Previsional Obligatorio), si no resultare un delito más severamente penado. Que el artículo 3 del Decreto 833 de fecha 25 de agosto de 1997, reemplazó al AMPO considerando como unidad...
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