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Mostrando las entradas etiquetadas como Artículo 14

Riesgos de Trabajo - Prestaciones dinerarias - Deuda de valor - Dólares estadounidenses

La deuda incumplida en autos (prestación dineraria del ap. a, inc. 2, art. 14, Ley 24557, por una incapacidad del 25,95 % de la total obrera) es una deuda de valor que debe recalcularse a fin de no dejar en el total desamparo al trabajador siniestrado (o sus derechohabientes, en el caso), lo que ocurriría si se revocara la tasa de interés fijada en la instancia de origen, que utilizó indebidamente el índice RIPTE; o si se aplicara dos veces y media la tasa activa como mecanismo de repotenciación o ajuste del capital histórico de la deuda incumplida. La conversión de la deuda será al momento en que la sentencia adquiera firmeza y será el equivalente en pesos a la cantidad de dólares estadounidenses, tipo vendedor que publique www.ambito.com, que corresponda a la cantidad de dólares que podían adquirirse al momento en que la ART debía pagar la indemnización (27/01/2004), con más una tasa de interés pura de un 8 % anual -tasa que podrá variar según las circunstancias de cada caso en conc...

Responsabilidad del empleador > Límites a la responsabilidad del empleador - Procedencia de la acción fundada en la Ley 24557 - Responsabilidad solidaria - Improcedencia

Se hace lugar al recurso de inconstitucionalidad interpuesto por la entidad bancaria codemandada y se revoca parcialmente la sentencia del tribunal del trabajo que, tras admitir la demanda promovida por el actor por incapacidad parcial y permanente (ap. a, inc. 2, art. 14, Ley 24557), condenó solidariamente al banco empleador y a ART contratada. Ello así, en tanto la condena solidaria a la empleadora carece de fundamentos y revela como único sustento la sola voluntad del tribunal que adoptó tal decisión, lo que torna arbitraria la sentencia en lo que es materia de queja. Cabe señalar que si bien no hay norma expresa en la Ley 24557 que libere de responsabilidad al empleador que se encuentra afiliado a una ART, conforme el art. 1, Decreto 334/1996-reglamentario de dicha ley- el empleador que se afilió a una aseguradora queda liberado de la responsabilidad especial, ya que el artículo citado sólo establece la responsabilidad de los empleadores autoasegurados o no asegurados. Ramírez...